Residencia Permanente para un Ciudadano Cubano

Dudas y preguntas sobre la ley de ajuste cubano
Responder
Avatar de Usuario
Ulises
Site Admin
Mensajes: 56
Registrado: Octubre 13, 2013, 10:43 pm
Reputation: 10
Nombre Real: Ulises Levy
Ubicación: Miami, Florida
Gender:
United States of America

Residencia Permanente para un Ciudadano Cubano

Mensaje sin leer por Ulises »

La Ley de Ajuste Cubano de 1996 (CAA, por sus siglas en inglés) provee un procedimiento especial bajo el cual los oriundos de Cuba o ciudadanos cubanos y sus cónyuges e hijos que le acompañan pueden solicitar una Tarjeta Verde (Residencia Permanente). La CAA le brinda al Fiscal General de los Estados Unidos la discreción de conceder residencia permanente a los nacidos en Cuba o ciudadanos cubanos solicitar una Tarjeta Verde si:

Han estado físicamente presentes en los Estados Unidos durante al menos 1 año
Han sido admitidos o concedido permiso de entrada
Son admisibles como inmigrantes


Las solicitudes para la Tarjeta Verde (Residencia Permanente) pueden ser aprobadas aún si no cumplen con los requisitos ordinarios decretados bajo la Sección 245 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés). Ya que los topes numéricos no son pertinentes a los ajustes bajo la CAA, no es necesario que los solicitantes sean beneficiarios de una petición de visa de inmigrante. Además, los oriundos de Cuba o ciudadanos cubanos que lleguen a otro lugar que no es un puerto de entrada aún pueden ser elegibles para una Tarjeta Verde si USCIS le ha concedido una acción diferida y ser admitido en los Estados Unidos.

Trámite de Solicitud

Para obtener una Tarjeta Verde (Residencia Permanente) bajo la CAA, deberá presentar el Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajuste de Estatus.

Criterios de Elegibilidad

Los nacidos en Cuba o ciudadanos cubanos pueden solicitar una Tarjeta Verde mientras están en los Estados Unidos si cumplen con los requisitos expresados anteriormente. Las siguientes causales de inadmisibilidad no aplican a los individuos que solicitan beneficios bajo la CAA:

Carga Pública
Su entrada a través de un lugar que no es un puerto de entrada abierto le permitió a USCIS concederle un permiso de entrada a los Estados Unidos


Si el individuo es inadmisible bajo otra(s) causal(es), no será elegible para solicitar una Tarjeta Verde bajo la CAA, sin importar su ciudadanía o lugar de nacimiento, si:

La relación continúa hasta que el cónyuge dependiente o hijo recibe la Tarjeta Verde
Residen en los Estados Unidos con el individuo que solicita la Tarjeta Verde bajo las provisiones de la CAA
Solicitan una Tarjeta Verde bajo la CAA
Son elegibles para recibir visa de inmigrante
Son admisibles de cualquier otra forma a los Estados Unidos para obtener su Residencia Permanente.


Nota: Un “menor” es definido como “soltero y no ha cumplido 21 años de edad”. Los hijastros, hijos adoptivos e hijos nacidos fuera de matrimonio pueden cualificar como menor para propósitos del ajuste de estatus a través de CAA, si la relación progenitor-hijo cumple con los requisitos específicos establecidos en la Sección 101(b)(1) de la INA.
Evidencia que debe enviar con el Formulario I-485

Usted debe presentar la siguiente evidencia junto a su Formulario I-485:

Dos fotos para pasaporte
Copia del certificado de nacimiento (u otro documento de nacimiento con su traducción, si está disponible)
Tarifas aplicables
Formulario G-325A, Información Biográfica, si está entre las edades de 14 a 79 años
Formulario I-693, Informe Médico y de Vacunación,
Formulario I-94, Registro de Entrada / Salida, (u otra evidencia de inspección y admisión o permiso de entrada a los Estados Unidos)
Evidencia de su presencia física en los Estados Unidos durante 1 año


¿Cuán rápido puedo presentar la solicitud?

Puede presentar la solicitud bajo la CAA un año y un día después de se le ha dado permiso de entrada o admitido en los Estados Unidos.

fuente: http://www.uscis.gov/es/tarjeta-verde/o ... ano-cubano


¡Cuando todo lo demás falla, consulte el manual de instrucciones! Ralph Waldo Emerson
Responder